Minhacienda reglamenta funciones de conciliación asignadas a la DIAN por la reforma tributaria (2:38 p.m.)
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15 de Abril de 2013
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Mediante el Decreto 0699, el Ministerio de Hacienda reglamentó las funciones que le asignó la reforma tributaria (Ley 1607 del 2012) al Comité de conciliación y defensa judicial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para decidir sobre las peticiones de conciliación en procesos contencioso administrativos en materia tributaria y aduanera, y sobre las solicitudes de terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos que se hayan fallado en la Subdirección de gestión de recursos y que fueren susceptibles de transacción por no encontrarse ejecutoriados. Aclaró que las demás solicitudes serán de competencia del comité especial de conciliación y terminación por mutuo acuerdo de la dirección seccional que haya proferido los actos administrativos objeto de la transacción o que tenga a cargo la representación judicial de los procesos contencioso administrativos. Por último, la norma señala los requisitos, montos a conciliar y transar entre contribuyentes, agentes de retención, responsables de los impuestos nacionales y usuarios aduaneros.
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