Tributario
¿Cualquier entrega de bolsas plásticas genera el impuesto al consumo?
12 de Octubre de 2017
El Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas (INCPB), creado a través de la Ley 1819 del 2016, con el fin de desincentivar el consumo de bolsas y proteger el medio ambiente, únicamente se genera al entregar cualquier bolsa plástica cuya finalidad sea cargar o llevar productos vendidos por el establecimiento comercial que la entregue, precisó la Dian.
Por lo tanto, no cualquier entrega de bolsas plásticas genera el tributo y, en ese sentido, no están sujetas, en los términos del artículo 512-16 del Estatuto Tributario, aquellas cuya finalidad no sea cargar o llevar productos adquiridos en el establecimiento comercial que la entregue y las utilizadas como material de empaque de los productos pre empacados.
Así mismo, las biodegradables certificadas como tal por el Minambiente y las bolsas reutilizables que posean unas características técnicas y mecánicas que permitan ser usadas varias veces, sin que para ello requieran procesos de transformación.
El sujeto pasivo, es decir, quien asume el pago, es la persona natural o jurídica que opte por recibir bolsas plásticas para transportar los productos adquiridos. En la factura o documento equivalente deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado.
Los responsables del impuesto son aquellas personas naturales o jurídicas que pertenezcan al régimen común del IVA, como es el caso de los grandes supermercados, grandes superficies, almacenes de comercio de prendas de vestir, calzado, entre otros productos.
Ellos están obligados a cobrar y recaudar el INCPB, así como pagarlo con la presentación de la correspondiente declaración tributaria. No obstante, cada establecimiento decide si vende la bolsa o la entrega de manera gratuita.
Así las cosas, el vendedor perteneciente al régimen simplificado de IVA no está obligado a cobrar y declarar este impuesto, pese a que entregue bolsas plásticas con la finalidad señalada, señaló la entidad.
Dian, Concepto 20897, Ago. 4/17
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