Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Liquidación del impuesto de ganancia ocasional se determina para contribuyentes del régimen ordinario (4:16 p.m.)

Openx [71](300x120)

112680

03 de Diciembre de 2019

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Frente a una pregunta sobre si los contribuyentes del régimen tributario especial liquidan renta por recuperación de deducciones y ganancia ocasional por venta de activos fijos depreciables, la Dian indicó que la liquidación del impuesto complementario de ganancia ocasional está determinada para los contribuyentes del régimen ordinario, pues el beneficio neto o excedente del régimen tributario especial se determina restando de los ingresos de cualquier naturaleza los egresos que tengan relación causal con estos y, además, que cumplan el objeto social y las inversiones que tengan ese fin.    

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)