Legalidad de la valorización no depende de que el IDU visite todos los predios (9:55 a.m.)
17 de Julio de 2013
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Nota:
89648
La Sección Cuarta del Consejo de Estado negó la solicitud de nulidad de los actos administrativos expedidos por el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) relacionados con la contribución por valorización autorizada por el Acuerdo 180 del 2005. A juicio del alto tribunal, no era perentorio hacer visitas a todos los predios relacionados con la contribución y no se desconoce el derecho del contribuyente de presentar recursos en la vía gubernativa por la restringida definición de la ejecutoria del acto administrativo (memoria técnica). Según la sentencia, de las normas aplicables no se desprende la obligación de hacer visitas a todos los predios involucrados y dejar de hacerlo tampoco implica una irregularidad (C. P. Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez).
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