Las razones de la Corte Constitucional para respaldar el régimen Simple de tributación (11:24 a.m.)
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23 de Diciembre de 2019
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La Corte Constitucional, a través de reciente sentencia, explicó la declaratoria de exequibilidad del artículo 66 de la Ley de Financiamiento (ley que desaparece del ordenamiento jurídico colombiano a partir del 2020), que creó el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (Simple), por el cargo de vulneración del principio de autonomía territorial. De acuerdo con el fallo, la Corte aseguró que la disposición resultaba compatible con la Constitución, en la medida en que se trata de una norma de política fiscal que busca, entre otros objetivos, incentivar la formalización y evitar la evasión tributaria. Así mismo, consideró que este régimen de tributación es adecuado e idóneo para alcanzar las finalidades trazadas por el Gobierno Nacional, pues el mecanismo de unificación de impuestos genera estímulos para que los contribuyentes se formalicen. Finalmente, la providencia concluye que el régimen Simple no incide de forma desproporcionada en la autonomía de las entidades territoriales, en tanto la restricción de la facultad de recaudo del impuesto de industria y comercio consolidado implica una limitación leve a uno de los componentes de la potestad de administración tributaria territorial, que se compensa con la máxima realización de los fines del mecanismo de unificación tributaria (M. P. Carlos Bernal).
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