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Tributario


Desde el próximo jueves, el CREE se declarará y pagará electrónicamente

Las declaraciones que sean presentadas por medios diferentes se tendrán como no presentadas y no tendrán efectos jurídicos.
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30 de Julio de 2013

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) les recordó a los agentes de retención que, tal como lo establecen el Decreto 862 del 2013 y la Resolución 12791 del 2011, a partir del próximo 1º de agosto la declaración y pago del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) deberá realizarse a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN.

 

Así mismo, esta normativa determinó que las declaraciones que sean presentadas por medios diferentes se tendrán como no presentadas y no tendrán efectos jurídicos.

 

Los contribuyentes que no tengan el mecanismo de firma respaldado con certificado digital emitido por la DIAN podrán solicitarlo en cualquiera de los puntos de contacto.

 

La entidad también reiteró las fechas para cumplir con el séptimo periodo (julio del 2013), que inician el 6 de agosto y terminan el 12 del mismo mes.

 

 

Si el último dígito de su NIT es:

Fecha límite

1-2-3-4

6 de agosto

5-6

8 de agosto

7-8

9 de agosto

9-0

12 de agosto

 

Los ciudadanos pueden  el consultar formulario y la tarifa del CREE en página web de la DIAN. En el botón ‘Tarifa retención CREE’, los responsables de este impuesto podrán consultar la tarifa por retener, de acuerdo con el NIT del contribuyente.

 

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Comunicado, jul. 30/13)

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