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Inician plazos para declarar activos poseídos en el exterior (4:22 p.m.)

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01 de Octubre de 2015

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Las personas naturales residentes en Colombia, así como las sociedades o entidades consideradas como nacionales para efectos tributarios y que poseían activos al 1° de enero del 2015 en el exterior, deberán presentar la declaración anual de activos en el exterior (Formulario 160), así lo acaba de recordar la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), a través de un comunicado. Además, explicó que los obligados a presentar esta declaración deben registrar la información de los activos de cualquier naturaleza poseídos en el exterior: si el valor patrimonial del activo es superior a 3.580 UVT, es decir $ 101’239.000, debe declararlo de manera discriminada, informando su valor, la jurisdicción donde está ubicado y su naturaleza; si la totalidad de activos es igual o inferior a 3.580 UVT, es decir $ 101’239.000, debe declararlo de manera agregada por su valor patrimonial de acuerdo con la jurisdicción donde estén localizados.

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