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Indican requisitos para que cooperativas puedan acceder al régimen tributario especial (10:06 a.m.)

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09 de Enero de 2020

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La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que la actual postura de la corporación sostiene que para que las cooperativas puedan acceder al tratamiento del régimen tributario especial, en el periodo siguiente a la obtención del excedente, no solo deben determinar internamente que destinarán el 20 % del mismo a programas de educación formal, sino que, además, tienen que perfeccionar la constitución de fondos educativos que doten de plena validez, vigencia y fuerza jurídica al compromiso de los recursos. Así, resaltó que la ejecución de la destinación del excedente a financiar programas de educación no se da en el año del desembolso de los recursos, sino en el momento de la apropiación de esos recursos para la constitución del fondo de educación (C. P.  Julio Roberto Piza).

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