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Incumplimiento del contador da lugar a no pagar honorarios (4:01 p.m.)

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05 de Septiembre de 2019

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La cancelación de los honorarios del contador público se realiza en virtud de un contrato de prestación de servicios profesionales, el cual se rige por leyes comerciales y civiles; el incumplimiento por parte del contador público dará lugar al no pago de sus honorarios y, por consiguiente, acciones judiciales que conduzcan al cumplimiento de las obligaciones, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De otra parte, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 43 de 1990, agregó que siendo la retribución económica de los servicios profesionales un derecho el profesional contable fijará sus honorarios de conformidad con su capacidad científica y/o técnica y en relación con la importancia y circunstancias en cada uno de los casos que le corresponda cumplir, pero siempre previo acuerdo por escrito entre este y el usuario.

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