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Improbación de estados financieros da lugar a discusión en el seno del órgano rector (4:22 p.m.)

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03 de Marzo de 2017

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Una vez presentados los estados financieros a consideración de los accionistas estos pueden ser o no aprobados por ellos. Si son aprobados significa que no existen razones de divergencia y ellos aceptan las cuentas presentadas. En caso contrario, indicó la Superintendencia de Sociedades, se entiende que existen razones, válidas o no, para ello. En este caso, es necesario discutir en el seno del órgano rector, entre asociados y administración, los temas de divergencia y tratar de llegar a un acuerdo, teniendo en cuenta la connotación que representan los estados financieros no solo para el ente sino para terceros, incluidos los órganos de administración, además de poner en entredicho la gestión de los administradores. Si bien es cierto una de las funciones de la asamblea general de accionistas o de la junta de socios es examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deban rendir los administradores, la ley da la posibilidad de disentir de la información puesta a su consideración y discutir las divergencias que se presenten, en aras de adoptar los ajustes correspondientes.

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