Imponen medidas ‘antidumping’ contra llantas chinas (4:15 p.m.)
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13 de Junio de 2013
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A través de la Resolución 124 del pasado 7 de junio, el Ministerio de Comercio terminó la investigación administrativa abierta en el 2012 a las importaciones de llantas radiales y convencionales para autobuses y camiones, clasificadas en las subpartidas 4011.20.10.00 y 4011.20.90.00, originarias de China. La norma impuso, por un término de cinco años, derechos antidumping definitivos respecto a la subpartida 4011.20.10.00, consistentes en un valor correspondiente a la diferencia entre el precio base FOB de USD $ 5,37 por kilo y el precio FOB declarado por el importador, siempre que sea menor al precio base. Respecto a la subpartida 4011.20.90.00, no impuso ningún derecho.
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