Imparten instrucciones sobre la conservación y archivo de la declaración andina de valor digital (12:16 p.m.)
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29 de Septiembre de 2010
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Los usuarios aduaneros permanentes y altamente exportadores calificados como grandes contribuyentes autorizados para presentar en medio magnético la declaración andina de valor (DAV) deben tenerla completamente diligenciada y archivada, al menos, por cinco años, y ponerla a disposición de la autoridad aduanera, cuando se lo exija, precisó recientemente la DIAN. El importador deberá llevar una numeración consecutiva, según el orden de presentación de la DAV, que podrá ser verificada, al igual que el cumplimiento de las demás obligaciones del importador relacionadas con ese documento, advierte la Circular 30 del 2010.
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