Imparten directrices para la aplicación voluntaria de las NIIF por parte empresas del sector transporte (4:40 p.m.)
09 de Marzo de 2012
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Nota:
79710
Mediante la Circular Externa 2 del 7 de marzo, publicada en un Diario Oficial divulgado hoy, dirigida a las sociedades prestadoras del servicio público de transporte aéreo, férreo, fluvial, terrestre automotor y actividades portuarias, entre otras, la Superintendencia de Puertos y Transporte emitió una serie de instrucciones para la adopción voluntaria de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), en los términos de los decretos 4946 del 2011 y 403 del 2012. “La información que se prepare en aplicación de las NIIF es de carácter voluntario y meramente informativo, con el propósito de conocer su impacto en el sector, por lo cual no implica ningún tipo de sanciones”, señala uno de los apartes de la circular.
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