Hoteles nuevos y renovados tendrían una tarifa de impuesto de renta del 9 %
19 de Marzo de 2021
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Nota:
120900
El Ministerio de Hacienda propone adicionar la Sección 2 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria. La propuesta consiste en desarrollar y reglamentar la documentación necesaria que deben acreditar las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios para el cumplimiento de los requisitos fijados en los literales a), b), c), d), f), g), h) e i) del parágrafo 5 del artículo 240 del Estatuto Tributario, para acceder a la tarifa especial del impuesto sobre la renta del 9 % para hoteles nuevos, remodelados y/o ampliados; los nuevos proyectos de parques temáticos, los que se remodelen y/o amplíen, de ecoturismo, agroturismo y nuevos muelles náuticos. La disposición aplicaría para los servicios prestados en nuevos hoteles por las sociedades nacionales y sus asimiladas, los establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país, en municipios de población de hasta 200.000 habitantes. Se considerarían nuevos hoteles únicamente aquellos construidos desde 31 de diciembre del 2020 y hasta el 31 de diciembre del 2026. El texto está dispuesto para consulta en el sitio web del ministerio y recibirá comentarios hasta el próximo 2 de abril.
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