Gobierno resalta que Corte Constitucional avaló impuesto complementario de normalización tributaria (4:22 p.m.)
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28 de Agosto de 2015
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La Corte Constitucional avaló el impuesto complementario de normalización tributaria, mediante Sentencia C- 551 de 2015 del 26 de agosto de 2015, indicó el Ministerio de Hacienda. Esto quiere decir que los colombianos que hayan omitido activos o declarado pasivos inexistentes en los últimos años tienen la oportunidad de presentarlo ahora y pagar para cumplirle al país, agregó. Igualmente, el ministerio recordó que la Corte consideró que la lucha contra la evasión tributaria y la defensa de la base gravable de los impuestos son fines legítimos de protección constitucional, pues hacen efectivo el deber de contribuir dentro de criterios de igualdad y justicia. Es necesario recordar que el impuesto complementario de normalización tributaria es la herramienta más importante de lucha contra la evasión creada en la Ley 1739 del 2014 (reciente reforma tributaria). El tributo estará vigente por los años 2015, 2016 y 2017, plazo en el cual los contribuyentes podrán normalizar los activos y pasivos inexistentes. Por último, la cartera de Hacienda manifestó que la Dian dispuso en su sitio web un micrositio de reforma tributaria en el que el ciudadano podrá encontrar información general sobre este impuesto (http://www.dian.gov.co/micrositios/reforma/normalizaciontributaria.html).
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