Fijan fechas para presentar a la Dian información del sistema de control para curtidores (3:42 p.m.)
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15 de Enero de 2016
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Mediante la Resolución 0132, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) definió el Sistema técnico de control para determinar los ingresos, costos y gastos de las personas naturales y asimiladas, las personas jurídicas, sociedades y asimiladas que procesan o presten el servicio de curtido, preparación y teñido de cueros y/o pieles o comercializan o exportan pieles y cueros de animales bovinos y bufalinos, bien sea en forma directa o a través de terceros, comprendiendo toda la cadena productiva. La información relacionada con el sistema deberá entregarse por parte de los obligados a la Dian semestralmente por cada una de las operaciones efectuadas, en los siguientes plazos: periodo enero 1º a junio 30, a más tardar, el 31 de julio del mismo año. Para el periodo julio 1º a diciembre 31, a más tardar, el día 31 de enero del año inmediatamente siguiente. De esta manera, deroga las resoluciones 0259 del 2014 y 0079 del 2015.
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