Factura emitida por el transportador no puede suplir o hacer las veces de guía aérea (4:26 p.m.)
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23 de Octubre de 2014
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Aunque la factura emitida por el transportador de la mercancía y la carta de porte o conocimiento de embarque son títulos valores y los dos son emitidos en desarrollo del contrato de transporte, se trata de títulos valores distintos a los cuales la ley ha previsto contenidos autónomos. Por lo tanto, dicha factura no puede suplir o hacer las veces de guía aérea, que es un documento necesario para acreditar las ventas con destino al departamento de San Andrés de bienes producidos o importados en el resto del territorio nacional, con el fin de obtener el beneficio de exclusión de IVA consagrado en la Ley 47 de 1993. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de julio.
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