Extra Ley anticontrabando limita frecuencia y cupos máximos de introducción de mercancías en zonas de frontera (10:08 a.m.)
07 de Julio de 2015
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Nota:
102358
El Gobierno sancionó la ley que contiene los instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal. El Ejecutivo tendrá seis meses para establecer límites en materia de frecuencias y cupos máximos de introducción de mercancías por parte de habitantes de municipios fronterizos. La nueva norma, que consta de 56 artículos, mantiene en 50 salarios mínimos mensuales la cuantía para determinar qué es contrabando. Es de destacar que las principales modificaciones penales son la inclusión del contrabando como conducta constitutiva de lavado de activos y el aumento de penas. La ley fortalece a las entidades involucradas en la lucha contra el contrabando, es decir, la Dian, la Polfa, Uiaf, el ICA e Invima, facilitando los intercambios de información, fortaleciendo los laboratorios para la realización de pruebas técnicas y promoviendo la articulación de procedimientos y protocolos para el aseguramiento de elementos materiales probatorios o evidencia física. También se introducen modificaciones en las normas comerciales, para mejorar la información sobre la actividad empresarial, por ejemplo, los revisores fiscales deberán reportar a la Uiaf operaciones sospechosas que detecten en el ejercicio de sus funciones.
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