Explican efectos del emplazamiento para corregir la declaración de renta (11:30 a.m.)
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24 de Enero de 2019
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La Sección Cuarta del Consejo de Estado precisó que el emplazamiento para corregir la declaración previsto en el artículo 689-1 del Estatuto Tributario tiene el efecto de frustrar el beneficio de auditoría y dar paso a la aplicación de los términos generales de firmeza. Así las cosas, no es posible analizar el emplazamiento con base en lo dispuesto en el artículo 685 ibídem cuando se está frente a una declaración de renta en la cual el contribuyente se acogió a dicho beneficio (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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