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Expiden nueva reglamentación para expedición de la tarjeta profesional de contador (4:00 p.m.)

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07 de Febrero de 2014

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Atendiendo preceptos señalados por la Corte Constitucional, la Junta Central de Contadores (JCC) derogó la Resolución 160 del 2004 y reglamentó nuevamente la inscripción en el registro profesional, la expedición de la tarjeta profesional de Contador Público y la tarjeta de registro de las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable. De acuerdo con la nueva resolución, las actividades válidas para acreditar el requisito de experiencias relacionadas con la técnica contable serán aquellas que implican el desarrollo de labores de auxiliar o asistente, como soporte a la organización, revisión y control de contabilidades, manejo de libros de contabilidad, conciliaciones bancarias, así como todas aquellas actividades conexas. Para efectos de la inscripción, solamente se tendrá en cuenta la experiencia técnico-contable adquirida en el territorio nacional colombiano. También se agrega que a quienes se les haya expedido tarjeta profesional o tarjeta de registro deberán actualizar anualmente, y antes del 1º de marzo de cada año, a través del medio tecnológico que establezca la JCC, la información que permita garantizar que los datos que reposan en el Registro de Contadores Públicos y el de las personas jurídicas que presten servicios propios de la ciencia contable sean reales, fidedignos y actualizados. Para este año, dicho plazo vencerá el 30 de junio.

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