Estos responsables tendrían que facturar electrónicamente (4:08 p.m.)
13 de Febrero de 2019
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Nota:
122216
Los sujetos que deberán expedir factura electrónica de venta, en lo sucesivo facturadores electrónicos, serían los siguientes: (i) los responsables de IVA; (ii) los responsables del impuesto nacional al consumo; (iii) todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, independientemente de su calidad de contribuyentes o no contribuyentes de los impuestos administrados por la Dian; (iv) los sujetos que opten de manera voluntaria por expedir factura electrónica y (v) los contribuyentes inscritos en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – Simple. Así lo propone la autoridad tributaria en un reciente proyecto de norma, donde, además, propone un calendario para la implementación. La entidad recibirá comentarios y sugerencias hasta el próximo 23 de febrero, a través del siguiente buzón: sd_fistrib_facturaelectronica@dian.gov.co.
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