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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 5 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Esto explica la Dian sobre si el bono de regalo da lugar a la obligación de facturar

23 de Septiembre de 2021

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Nota:
132984

La adquisición de los bonos de regalo no da lugar a la obligación de facturar por no enmarcarse en la venta de un bien o prestación de un servicio, por lo cual dicha operación no cuenta con una factura de venta como soporte del costo que se pretenda acreditar, reiteró la Dian.

 

Sin embargo, la entidad resalta que dicha situación no impide que se soporte el costo como deducible en el impuesto sobre la renta, siempre que se cumplan todos los requisitos establecidos en el artículo 107 del Estatuto Tributario, tal como lo expuso el Oficio 016302 del 2019.

 

Adicionalmente, se precisa que la modificación y adición del artículo 616-1 del Estatuto Tributario por medio de la Ley 2010 del 2019, la posterior expedición del Decreto 358 del 2020 que sustituyó el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria, y la entrada en vigencia de la Resolución 0042 del 2020 no alteró en modo alguno la naturaleza y exigibilidad de la factura de venta sobre las operaciones de venta o prestación de servicios en los términos del artículo 615 del Estatuto Tributario.

 

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