Este es el término para que contribuyentes soliciten devolución de pagos en exceso o de lo no debido (4:25 p.m.)
113581
25 de Septiembre de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
El Consejo de Estado precisó que la ley tributaria no señaló un término para que los contribuyentes soliciten la devolución de los pagos en exceso o de lo no debido. De ahí que debe aplicarse la norma general de prescripción, esto es, el artículo 2536 del Código Civil, en concordancia con los artículos 11 y 21 del Decreto 1000 de 1997, que prevén un término de cinco años (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!