Establecen procedimiento para autorizar puertos para el comercio exterior (11:03 a.m.)
29 de Septiembre de 2010
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Nota:
69089
Teniendo en cuenta que la habilitación de los puertos para el comercio exterior que otorga el Ministerio de Transporte (Mintransporte) requiere autorización previa de la DIAN y la Dirección General Marítima (Dimar), esta última entidad estableció recientemente el procedimiento para conceder tal aval. La solicitud de concepto del Ministerio de Transporte deberá acompañarse de la resolución aprobatoria de la concesión portuaria, señala la Resolución 404 del pasado 20 de septiembre. Una vez recibida, agrega, la Dimar se pronunciará, en un término no mayor a 15 días hábiles, sobre la protección de las instalaciones portuarias (Decreto 730/04) y asuntos relacionados con la seguridad de la navegación y la vida humana en el mar, aplicables a la instalación portuaria.
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