Esta será la ley que establece el nuevo monopolio rentístico de licores (2:09 p.m.)
22 de Noviembre de 2016
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Nota:
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Luego de ser aprobado, en último debate, por la plenaria del Senado, el proyecto de ley tuvo que ser sometido a conciliación por presentarse diferencias entre los textos aprobados por ambas cámaras. Así, luego de que la comisión de conciliación realizara un estudio comparativo de los textos aprobados decidió proponer un texto nuevo que remplaza las divergencias entre las dos corporaciones. La iniciativa modifica los impuestos al consumo de licores destilados, vinos, aperitivos y bebidas similares estableciendo reglas claras sobre cómo se introducen y producen licores en los departamentos, al mismo tiempo que brinda mayor equidad para productores nacionales. Así, se corregirá una dificultad que hacía que los productos nacionales pagaran, en algunas ocasiones, proporcionalmente más impuestos que los licores importados; ahora, con un impuesto sobre el valor de los licores el producto que valga más pagará más impuesto. De acuerdo al nuevo régimen, la carga tributaria para productos destilados nacionales e importados se igualó en $ 220 por grado de alcohol y se estableció un impuesto al consumo con tres componentes: i) un impuesto de $ 220 por grado de alcohol para todas las bebidas; ii) impuesto de 25 % del valor final del producto (ad valorem); iii) se añade impuesto de IVA del 5 % sobre el precio de venta. Para los productores nacionales que actualmente pagan impuesto de IVA sobre los insumos, ese tributo lo podrán descontar del impuesto de licores. En el caso de los productos fermentados, específicamente los vinos, se aceptó la tesis de que estas bebidas deben pagar menos impuestos que los alcoholes destilados, teniendo en cuenta que causan menos daño a la salud, por lo que el régimen establece una carga tributaria específica de $ 150 por grado de alcohol y el impuesto ad valorem de 20 %, manteniendo el gravamen del IVA. Además, se aprobó proteger la industria del aguardiente, establecida como bebida nacional, con una salvaguardia que podrán establecer los departamentos para prohibir la introducción de cualquier bebida de este tipo, tanto nacional como internacional. Conozca el documento completo, que será sometido a aprobación de las plenarias, en el documento anexo a esta nota.
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