12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Esta es la información a reportar a la Dian por exclusión del pago de IVA en municipios fronterizos con Venezuela (8:10 a.m.)

09 de Octubre de 2015

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Nota:
102705
La Dian expidió la Resolución 105 para señalar el grupo de obligados a reportarle la información establecida en el Decreto 1818 del 2015 (norma que excluye del pago de IVA a municipios fronterizos con Venezuela). Así, según la norma, se trata de las personas naturales y jurídicas responsables del impuesto sobre las ventas registradas en el régimen común, que desde el resto del territorio nacional realicen ventas de alimentos, calzados, prendas de vestir, materiales de construcción, electrodomésticos y gasodomésticos, incluidos los cilindros para gas necesarios para el funcionamiento de estos últimos, los responsables del régimen común del impuesto o los sujetos del simplificado inscritos en el RUT que estén domiciliados o tengan establecimiento de comercio en los municipios que cobija la declaratoria de emergencia y los responsables del IVA inscritos en el régimen común. La información a entregar es sobre las ventas realizadas durante el mes, por ejemplo, el concepto del sistema de facturación utilizado, prefijo de la factura o documentos equivalentes emitidos durante el día; fecha a la cual corresponden las facturas, entre otros. Finalmente, se fijaron las características técnicas del envío y los plazos para cumplir con la diligencia.

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