En eventos de sobrantes de mercancías, el proveedor podría indicar en documento que no espera reintegro o valor alguno (3:07 p.m.)
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22 de Junio de 2015
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En hipótesis relacionadas con sobrantes de mercancías, en el supuesto que el proveedor no haya expedido factura, este podría emitir al importador un documento equivalente que avale la operación relacionada con el sobrante, la cantidad, el valor comercial de cada uno de los productos e indicando que no espera reintegro o valor alguno por el exceso de mercancía despachada, señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En todo caso, precisó la entidad, se trata de una actividad subjetiva que no es regular en una operación de comercio internacional, por lo que podría ser considerada como sospechosa que debe reportarse a la administración aduanera para que realice las investigaciones pertinentes, ya que existiendo un error de despacho del producto negociado es natural que el proveedor desee el reintegro de la mercancía o el valor comercial de la misma.
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