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Empieza reglamentación de la reciente reforma tributaria en lo relacionado con el impuesto al consumo de bienes inmuebles (11:36 a.m.)

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25 de Enero de 2019

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El Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de norma para reglamentar el artículo 21 de la Ley 1943 del 2018, el cual adicionó el artículo 512-22 al Estatuto Tributario en lo referente al impuesto nacional al consumo de bienes inmuebles. Así, la norma versaría sobre los siguientes temas: (i) el alcance del concepto de enajenación o cesión a cualquier título; (ii) el concepto de entidades estatales y equipamientos colectivos para efectos de la exención; (iii) el precio de venta para la determinación de la base gravable; (iv) la responsabilidad de los vendedores o cedentes; (v) la forma de recaudo; (vi) los agentes retenedores; (vii) el porcentaje de retención en la fuente; (viii) las características de la retención y pago del impuesto; (ix) las obligaciones de los agentes retenedores; (xii) la aplicación de las exclusiones; (xiii) la aplicación de las exenciones y (xv) el comprobante de pago de la cancelación de los recursos y pruebas, entre otros temas. La entidad recibirá comentarios sobre la propuesta hasta el próximo 8 de febrero, a través de su sitio web.

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