El reconocimiento de una deducción depende de las pruebas aportadas por el contribuyente (3:49 p.m.)
16 de Enero de 2020
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Nota:
114186
La Sección Cuarta del Consejo de Estado tuvo que pronunciarse sobre la legalidad de los actos a través de los cuales la Dian modificó la declaración del impuesto de renta de una sociedad, año gravable 2009. Específicamente, tuvo que determinar el concepto correspondiente de una deducción realizada por la actora, teniendo en cuenta que la entidad rechazó la parte pagada por concepto de indemnización o compensación, dada la terminación anticipada y unilateral de un contrato de arrendamiento. Tras analizar las pruebas obrantes en el proceso, la corporación catalogó los gastos como de origen indemnizatorio, no sin antes recordar que cuando el contribuyente solicita el reconocimiento de una deducción debe aportar el material probatorio suficiente y válido que justifique el derecho que pretende se le reconozca (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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