Premios de carácter artístico no están exceptuados de retención en la fuente
El artículo 5 del Decreto 1512 de 1985 fue derogado por el artículo 3.2.1.1 del Decreto 1625 del 2016.17 de Junio de 2022
De acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del Decreto 1512 de 1985, los premios de carácter artístico reconocidos por el Gobierno Nacional están exceptuados de retención en la fuente. Sin embargo, precisó la Dian, esta norma ya no está vigente, en virtud de las derogatorias previstas en el artículo 3.2.1.1 del Decreto 1625 del 2016 (DUR en materia Tributaria).
Así las cosas, actualmente, la norma que regula las excepciones a la retención en la fuente es el artículo 1.2.4.9.1 del Decreto 1625 del 2016, sobre retención en la fuente por otros ingresos, el cual dentro de las excepciones listadas no incluye los premios de carácter artístico.
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