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Difieren efectos de la inexequbilidad declarada sobre la tasa de sostenibilidad de vigilancia a cargo de curadores urbanos (10:20 a.m.)

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06 de Diciembre de 2019

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La Corte Constitucional informó la declaratoria de inexequibilidad de la tasa de sostenibilidad de la vigilancia que ejerce la Superintendencia de Notariado y Registro (Supernotariado) sobre los curadores urbanos, consagrada en el artículo 30 de la Ley 1796 del 2016, que adoptó medidas para proteger al comprador de vivienda, entre otras. Igual suerte corrió el artículo 31 de la misma normativa, en la que se creó el fondo de cuentas. En el comunicado de prensa de la corporación se aclara que los efectos de la decisión serán diferidos por el término de una legislatura, para que el Congreso de la República, dentro de la potestad de configuración que le asiste, apruebe la norma que determine el sistema y el método para reglamentar el porcentaje de las expensas que perciben los curadores urbanos. De incumplirse con el llamado a legislar, se hará efectiva la declaración de inconstitucionalidad y los artículos examinados saldrán del ordenamiento jurídico (M. P. José Fernando Reyes).

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