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Dian levanta contingencia para presentar declaraciones de renta (8:48 a.m.)

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13 de Abril de 2018

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La Dian informó que, de acuerdo con la certificación de la Subdirección de Tecnología y Telecomunicaciones, el día 12 de abril del 2018 se estabilizó el servicio para la presentación de las declaraciones de renta año gravable 2017, formulario 110. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 579-2 del Estatuto Tributario, la entidad señaló que: (i) las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y los contribuyentes del régimen tributario especial, diferentes a los calificados como grandes contribuyentes, que tenían plazo hasta el 10 de abril (NIT terminados del 96 al 00) y 11 de abril (NIT terminados del 91 al 95) y (ii) los grandes contribuyentes que tenían plazo hasta el 10 de abril (NIT terminado en 0) y 11 de abril (NIT terminado en 9) tendrán plazo para presentar la declaración virtual del impuesto sobre la renta y complementario del año gravable 2017, a más tardar, hoy viernes 13 de abril sin liquidar la sanción de extemporaneidad establecida en el artículo 641 del Estatuto Tributario.

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