Dian invita a contribuyentes a acogerse a los beneficios de la conciliación contencioso administrativa y terminación por mutuo acuerdo (4:14 p.m.)
29 de Agosto de 2019
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Nota:
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La Dian hizo un llamado a los contribuyentes para que cumplan con los requisitos para aprovechar y acogerse a dichos beneficios, previstos en los artículos 100 y 101 de la Ley de Financiamiento. Luis Carlos Quevedo Cerpa, director de Fiscalización, precisó que los beneficios consisten en la disminución de sanciones, intereses y actualización en un monto que oscila entre el 50 %, 70 % y 80 %, según el beneficio, el acto administrativo a transar o conciliar y la etapa procesal en la jurisdicción. Se deberá presentar la solicitud, a más tardar, el 30 de septiembre del 2019, y para la terminación por mutuo acuerdo, hasta el 31 de octubre del 2019, con el cumplimiento de los requisitos señalados en los mencionados artículos y en el Decreto 872 del 2019. El funcionario anunció también que la entidad llevará a cabo jornadas especiales de atención al ciudadano los días 29, 30 y 31 de agosto, encaminadas a una atención personalizada, con el fin de brindar la orientación necesaria a los contribuyentes que opten por acogerse.
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