DIAN es la entidad competente para clasificar arancelariamente un producto (3:35 p.m.)
93265
04 de Diciembre de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que la entidad competente para clasificar arancelariamente un producto es la DIAN. Al respecto, explicó que mientras el Invima clasifica el producto para expedir el correspondiente registro sanitario, la DIAN lo hace con el fin de determinar la subpartida arancelaria en la que está incluido, para efectos de comercio exterior. Además, aunque un bien puede ser asignado a una subpartida y también necesitar el registro sanitario, esto no implica que deba clasificarse siempre como medicamento, indicó. Por otra parte, la corporación reiteró que si bien la persona que solicita la clasificación u otra puede afectarse con ella, esto no desvirtúa que la resolución pertinente tenga un contenido general y abstracto, pues la situación jurídica particular solo se da al presentar la declaración aduanera de la mercancía (C. P. Carmen Teresa Ortiz).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!