Dian ajustaría especificaciones técnicas de formatos de información exógena
Los obligados a reportar información tributaria contarían con fechas extraordinarias de vencimiento, ante las modificaciones en las llaves únicas de los formatos digitales.
04 de Junio de 2026
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) transformará la arquitectura técnica de diversos formatos destinados al reporte de información exógena del año gravable 2025. Esta iniciativa normativa se enfocaría en la redefinición de las llaves únicas para los formularios 2839 y 2840, con el fin de subsanar los errores de validación que actualmente impiden el registro de múltiples operaciones bajo un mismo número de identificación.
Las nuevas especificaciones técnicas permitirían que los ejecutores de proyectos de utilidad común y beneficiarios de incentivos por empleo reporten sus transacciones con mayor precisión y sin bloqueos sistémicos. (Lea: Inician vencimientos para reportar información exógena del 2025)
El proyecto de resolución propone las reglas de juego para evitar el reporte simultáneo de información en canales que pudiesen generar redundancias contables para el fisco. De esta manera, los datos consignados en los formatos referentes a convenios de cooperación y asistencia técnica internacional no se duplicarán en reportes secundarios, asegurando una base de datos más limpia y eficiente. Igualmente, la entidad establecería una obligación de reporte recíproco para los pagos o abonos en cuenta certificados por APC-Colombia, integrando estos valores con los formatos tradicionales de pagos a terceros y rentas de trabajo.
Nuevos plazos de vencimiento
Como consecuencia directa de las modificaciones estructurales en los anexos, la administración tributaria otorgaría plazos extraordinarios para la presentación de los reportes durante el segundo semestre del 2026. Los contribuyentes sujetos a estas obligaciones dispondrían de fechas extendidas, que podrían alcanzar los meses de julio y agosto, dependiendo del formato específico y la naturaleza de la información suministrada. Este margen adicional de tiempo garantizaría que los obligados fiscales adapten sus sistemas internos a las nuevas llaves únicas y cumplan con la entrega de la información en debida forma.
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