Dian aclara tratamiento tributario para apoyos de sostenimiento de médicos residentes
El reciente concepto jurídico explica que los pagos destinados al sostenimiento de residentes médicos se ajustan a las excepciones del Estatuto Tributario.
14 de Mayo de 2026
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) aclaró la naturaleza tributaria de los ingresos percibidos por los médicos residentes bajo el marco de la Ley 1917 del 2018. Según el organismo, estos recursos, destinados al apoyo de sostenimiento durante la formación de especialistas, se clasifican técnicamente como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. Esta determinación se fundamenta en el artículo 46 del Estatuto Tributario, el cual ampara los apoyos económicos educativos financiados con recursos públicos o programas estatales de formación profesional.
Obligaciones del agente retenedor
En cuanto al reporte de estos valores, la autoridad fiscal precisó que las entidades responsables del pago tienen la obligación ineludible de certificar dichos montos anualmente. En este sentido, todo empleador o agente de retención debe expedir el certificado de ingresos y retenciones, asegurando que los beneficiarios cuenten con el soporte documental necesario para sus procesos tributarios personales. Por consiguiente, la omisión de este deber administrativo contravendría las normas vigentes que exigen transparencia en el registro de los pagos o abonos efectuados a favor de los trabajadores.(Lea: Conozca la forma en que contribuyentes obligados a llevar contabilidad deben respaldar pasivos).
Instrucciones para el reporte técnico
El documento jurídico detalla el procedimiento operativo para la correcta inclusión de estos recursos en los formularios oficiales de la entidad. Específicamente, los montos recibidos por concepto de apoyo de sostenimiento deben ser reflejados en el renglón 51 del Formulario 220, correspondiente al rubro de ingresos que no forman parte de la base gravable. Además, se enfatiza que la inclusión de esta información es fundamental para que el médico residente determine, con base en los topes legales de ingresos y patrimonio, si debe presentar formalmente su declaración de renta ante el Estado.
Finalidad y cumplimiento normativo
La Dian reiteró que este criterio busca garantizar que la finalidad de la Ley 1917 de 2018 se preserve sin generar cargas impositivas indebidas sobre recursos orientados al fortalecimiento del talento humano en salud. Por lo tanto, los residentes deben verificar que sus certificados de ingresos coincidan con la realidad de los pagos recibidos y la normativa expuesta. Esta unificación conceptual proporciona seguridad jurídica tanto para las instituciones de salud encargadas de la dispersión de fondos como para los profesionales que adelantan sus estudios de especialización en el territorio nacional.
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