Designan quiénes serán agentes retenedores del impuesto de industria y comercio a partir del 1° de enero del 2017 (10:30 a.m.)
18 de Julio de 2016
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Nota:
124641
La Secretaría de Hacienda de Bogotá, mediante Resolución 52377 del pasado 28 de junio, designó a los grandes contribuyentes de los impuestos establecidos por la Dirección Distrital de Impuestos y a los contribuyentes pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio que actuarán como agentes retenedores del impuesto de industria y comercio cuando realicen pagos o abonos en cuenta cuyos beneficiarios sean contribuyentes del régimen común y/o del régimen simplificado del impuesto de industria y comercio en operaciones gravadas con el mismo en la jurisdicción del Distrito Capital, a partir del 1º de enero del 2017. Estos agentes de retención deberán cumplir, so pena de las sanciones legales establecidas, con las obligaciones asociadas a dicho mecanismo de pago anticipado para los obligados tributarios.
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