Descuentos no conforman base gravable del ICA (12:00 p.m.)
02 de Diciembre de 2013
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Nota:
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Como los descuentos no son ingresos, tampoco deben formar parte de la base gravable del impuesto de industria y comercio (ICA), pues esta se integra por los ingresos brutos del contribuyente. Así lo advirtió la Sección Cuarta del Consejo de Estado, al indicar que se deben restar los descuentos de los ingresos brutos, independientemente de que estén previstos o no como deducciones. Además, la corporación recordó que los descuentos comerciales deben constar en la factura como un menor precio de venta, la cual debe ser aportada por el contribuyente para soportar la operación, salvo que presente el certificado correspondiente del revisor fiscal. La consejera Carmen Teresa Ortiz salvó el voto, mientras que Hugo Fernando Bastidas lo aclaró (C. P. Martha Teresa Briceño).
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