Definen el marco técnico normativo de información financiera para las microempresas (10:56 a.m.)
31 de Diciembre de 2012
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Nota:
85873
El Ministerio de Comercio estableció el régimen simplificado de contabilidad para la aplicación de las normas de información financiera para las microempresas, el cual se estructuró tomando como base la Norma Internacional de Información Financiera para Pymes emitida por el IASB (NIIF para Pymes), así como el estudio realizado por el Grupo de Trabajo Intergubernamental de Expertos en Normas Intemacionales de Contabilidad y Presentación de Informes (lSAR) de la UNCTAD. Dicho marco regulatorio estableció los requerimientos de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de las transacciones y otros hechos y condiciones de los estados financieros con propósito de información general. Así mismo, la norma definió el cronograma de aplicación de dicho marco técnico, así: el 1 ° de enero del 2014, como fecha para iniciarse la construcción del primer año de información financiera de acuerdo con los nuevos estándares; el 31 de diciembre del 2015, como la fecha en la que se presentarán los primeros estados financieros comparativos, y el 1 ° de enero del 2015, a partir de la cual cesará la utilización de la normativa contable actual y comenzará la aplicación de los nuevos estándares para todos los efectos.
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