Defensoría acusa procedimiento sobre legalización de actividad minera (9:58 a.m.)
02 de Septiembre de 2015
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Nota:
103331
El defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, radicó un escrito en contra de la frase “Formulada la solicitud y mientras ésta no sea resuelta por la autoridad minera, no habrá lugar a proceder, respecto de los interesados, mediante las medidas previstas en los artículos 161 y 306, ni a proseguirles las acciones penales señaladas en los artículos 159 y 160 de este Código”, del artículo 165 del Código de Minas (Ley 685 del 2001). Según el escrito, la excepción de persecución penal prevista en la norma va en contravía de la obligación de investigar y sancionar delitos contra el medioambiente (Demandante: Jorge Armando Otálora).
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