Declaraciones aduaneras no determinan la propiedad de los bienes objeto de importación, exportación o tránsito
09 de Mayo de 2022
Las declaraciones aduaneras no determinan la propiedad de los bienes objeto de importación, exportación o tránsito aduanero, pues estas se refieren al acto o documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero específico aplicable a las mercancías y suministra los elementos e información que la autoridad aduanera requiera.
Por este motivo es que, frente a las operaciones de exportación de bienes se deberá dar estricto seguimiento a los requisitos, condiciones y procedimientos establecidos en los artículos 340 y siguientes del Decreto 1165 del 2019 y 366 y siguientes de la Resolución 046 del 2019, según corresponda, así como a las demás normas vigentes aplicables.
Lo anterior no obsta para que, en el trascurso de la operación de exportación, se deba poner a disposición de la autoridad aduanera el documento que acredite la operación que dio lugar a la exportación, según lo dispone el artículo 349 del Decreto 1165 del 2019.
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