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De esta forma un municipio puede ampliar el volumen de combustibles líquidos en zonas de frontera

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16 de Marzo de 2021

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La Resolución 40266 del 2017, que establece la metodología en la determinación de volúmenes máximos de combustibles líquidos excluidos de IVA y exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM dentro de cada municipio reconocido como zona de frontera, fue derogada por la Resolución 40884 del 2019. Sin embargo, la Sección Cuarta del Consejo de Estado precisó que es viable su estudio de legalidad, en tanto que con la derogatoria no se compromete la validez de los efectos surtidos por el acto administrativo durante su vigencia. En tal sentido, precisó que la metodología indicada tiene como objetivo que los municipios sean constantes en sus compras y que, en principio, utilicen al 100 % el volumen asignado. Por tal motivo, y de acuerdo con la normativa vigente, manifestó que si un municipio desea ampliar su volumen deberá suplir sus necesidades incrementadas con compras adicionales a precio nacional. Conozca más detalles y el caso concreto en el texto adjunto (C. P. Milton Chaves García).

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