Cupo de taxi debe incluirse en la declaración de renta (8:22 a.m.)
28 de Septiembre de 2015
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Nota:
102892
El cupo del vehículo como servicio público de taxi puede ser materia de cesión, posibilidad que hace necesario distinguir los dos activos involucrados, es decir, el vehículo y el derecho a circular como parte del sistema de transporte público, razón por la que se puede interpretar, de acuerdo con lo previsto en los artículos 261 y 262 del Estatuto Tributario, que debe incluirse en la declaración del impuesto sobre la renta, como un derecho apreciable en dinero, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Uno de los elementos a considerar para determinar las bases gravables del tributo es el patrimonio bruto del contribuyente, el cual está constituido por el total de los bienes y derechos apreciables en dinero poseídos por el contribuyente en el último día del año o periodo gravable, entendiendo por tales derechos los reales y personales, en cuanto sean susceptibles de ser utilizados en cualquier forma para la obtención de renta.
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