¿Cualquier entrega de bolsas plásticas genera el impuesto al consumo? (3:20 p.m.)
12 de Octubre de 2017
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Nota:
58170
El impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas (INCPB), creado a través de la Ley 1819 del 2016, con el fin de desincentivar el consumo de bolsas y proteger el medio ambiente, únicamente se genera al entregar cualquier bolsa plástica cuya finalidad sea cargar o llevar productos vendidos por el establecimiento comercial que la entregue, precisó la Dian. Por lo tanto, no cualquier entrega de bolsas plásticas genera el tributo y, en ese sentido, no están sujetas, en los términos del artículo 512-16 del Estatuto Tributario, aquellas cuya finalidad no sea cargar o llevar productos adquiridos en el establecimiento comercial que las entregue y las utilizadas como material de empaque de los productos pre empacados. Así mismo, las biodegradables certificadas como tal por el Minambiente y las bolsas reutilizables que posean unas características técnicas y mecánicas que permitan ser usadas varias veces, sin que para ello requieran procesos de transformación.
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