¿Cuáles son los elementos de la base gravable del ICA para entidades financieras? (2:15 p.m.)
16 de Julio de 2018
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Nota:
108029
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó los elementos que conforman la base gravable del impuesto de industria y comercio para las entidades financieras. En efecto, el artículo 42 de la Ley 14 de 1983 dispuso que estará constituida por los ingresos operacionales representados en los siguientes conceptos: (i) cambios de posición y certificado de cambio; (ii) comisiones de operación en moneda nacional de operaciones en moneda extranjera; (iii) intereses de operaciones con entidades públicas, de operaciones en moneda nacional y en moneda extranjera; (iv) rendimiento de inversiones de la sección de ahorros; (v) ingresos varios e (vi) ingresos en operaciones con tarjetas de crédito. De otra parte, explica la corporación, el Decreto Ley 1333 de 1986 fijó en el artículo 207 la base impositiva para los bancos, incluyendo los conceptos antes relacionados salvo el de ‘ingresos varios’. Por tal razón, el artículo 212 ibídem señala que la Superintendencia Bancaria (ahora Financiera) informará a los municipios y al Distrito de Bogotá, dentro de los cuatro primeros meses de cada año, el monto de la base descrita para efectos de su recaudo (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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