CTCP precisa tratamiento contable de los fondos de imprevistos y cuotas extraordinarias bajo NIIF (11:54 a.m.)
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26 de Febrero de 2015
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En reciente oficio, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública precisó que el tratamiento contable bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS, por su sigla en inglés) de los fondos de imprevistos y cuotas extraordinarias continuará siendo el señalado en la Orientación Profesional emitida el 26 de febrero del 2008, sobre aspectos relacionados con el ejercicio contable en entidades de propiedad horizontal. En dicho documento se expresa que los dineros recibidos del fondo de imprevistos corresponden a otros ingresos de la copropiedad diferentes a los recibidos de la cuota ordinaria de administración, que finalmente, una vez presentada la situación inesperada, se utilizarán para sufragar los gastos e inversiones que de ellos ser deriven.
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