Correspondencia relacionada con el negocio hace parte de la contabilidad, para efectos de conservación (12:10 p.m.)
19 de Septiembre de 2019
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Nota:
113659
Todos los comprobantes que sirven de respaldo a las partidas asentadas en los libros de comercio, así como la correspondencia directamente relacionada con el negocio, hacen parte de la contabilidad, para efectos de la conservación de los libros y papeles del comerciante por un periodo de 10 años, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 962 del 2005. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública recordó que la legislación permite la conservación de los papeles en original o en cualquier medio técnico, magnético o electrónico que garantice su reproducción exacta, de manera que el volumen de información física no sea un inconveniente para la entidad.
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