Coronavirus (covid-19)Modifican vigencia de garantías globales para mantener reconocimiento e inscripción de los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores
01 de Marzo de 2021
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Nota:
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El Ministerio de Salud expidió la Resolución 222 del 2021, prorrogando la emergencia sanitaria hasta el 31 de mayo del 2021. En consonancia con lo establecido en el parágrafo del artículo 2º del Decreto 436 del 2020, los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores que tengan aprobada su garantía con una vigencia igual o superior al 31 de mayo del 2021 e inferior al 31 de agosto del 2021 deberán radicar, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución 222, ante la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero de la Dian, la modificación de la vigencia de su garantía por el término de la prórroga de la emergencia sanitaria y tres meses más, es decir, hasta el 31 de agosto del 2021, con el fin de que puedan continuar con su registro aduanero, so pena de quedar sin efecto sin necesidad de acto administrativo que así lo declare. Los usuarios permanentes y altamente exportadores, que tengan aprobada su garantía con una vigencia igual o superior al 31 de agosto del 2021, no deberán modificarla. Si se acoge a esta nueva prórroga, el reconocimiento e inscripción de los usuarios quedará así: reconocimiento e inscripción UAP y/o ALTEX hasta el 31 de mayo del 2021 y póliza aceptada con vigencia igual o superior al 31 de agosto del 2021. La fecha límite para radicar la modificación de la garantía es el viernes 5 de marzo del 2021.
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