Contratos de suministro celebrados con extranjeros respecto a productos fabricados en Colombia están gravados con IVA (3:14 p.m.)
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18 de Marzo de 2015
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Los contratos de suministro entre extranjeros con o sin residencia en Colombia y personas jurídicas o naturales nacionales se entienden como ventas en el país, cuando el producto se fabrica y vende en nuestro territorio, es decir, dichos hechos equivalen a la actividad de comercialización de productos nacionales y, por lo tanto, está gravada con el impuesto sobre las ventas, el cual asume como sujeto pasivo económico el comprador y como responsable de su cobro y pago el vendedor, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Para el caso de quienes contraten con personas o entidades sin residencia o domicilio en el país, son agentes de retención del impuesto en relación con dichos contratos. En todo caso, el contribuyente debe determinar, en cada caso, el tipo de operación que está realizando e identificar el gravamen que corresponda.
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