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Contrato de servicios profesionales con revisor fiscal no se puede materializar en término indefinido (8:00 a.m.)

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28 de Enero de 2016

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Es obligación celebrar por escrito contrato de servicios profesionales con el revisor fiscal, en el cual se establezcan claramente las obligaciones de cada una de las partes, por lo que, en concepto del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, no es posible que se materialice la figura de un contrato a término indefinido. En cuanto a los marcos técnicos referentes al tema de la revisoría fiscal en copropiedades, la entidad recordó que emitió en octubre del 2015 una orientación técnica sobre copropiedades de uso residencial o mixto, que puede ser consultada en la página www.ctcp.gov.co, enlace publicaciones – orientaciones técnicas.

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